Plan Restauración México · Mayo 2026

México se restaura.

La Constitución de 1917 ya tiene el remedio. El pueblo lo activa. Una pregunta. Tres millones de firmas. El umbral constitucional del Art. 35 IX.

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Diagnóstico

Las elecciones de 2024 violaron el Art. 41.

Financiamiento ilícito documentado. Intervención criminal en el voto. Captura institucional progresiva. La elección quedó viciada en origen. La Constitución contempla el remedio.

El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno. Art. 39.
Marco Constitucional

Cuatro artículos. Una ruta.

Art. 39

Soberanía popular

La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste.

Art. 35 fracción IX

Revocación de mandato

Procede con el 3% del padrón en al menos 17 entidades. Vinculante con 40% de participación. Es el remedio que ya está escrito.

Art. 40

República federal

México es una república representativa, democrática, laica y federal compuesta por estados libres y soberanos en su régimen interior.

Art. 41

Elecciones libres

La renovación de los poderes Legislativo y Ejecutivo se realiza mediante elecciones libres, auténticas y periódicas. El precepto vulnerado en 2024.

Tesis · Art. 136

La Constitución no pierde su fuerza.

El propio constituyente de 1917 anticipó este escenario. Hay un artículo dedicado a la inviolabilidad de la Constitución frente a gobiernos surgidos de un trastorno público. Lo dice textual.

Artículo 136 Constitucional

"Esta Constitución no perderá su fuerza y vigor, aun cuando por alguna rebelión se interrumpa su observancia. En caso de que por cualquier trastorno público, se establezca un gobierno contrario a los principios que ella sanciona, tan luego como el pueblo recobre su libertad, se restablecerá su observancia, y con arreglo a ella y a las leyes que en su virtud se hubieren expedido, serán juzgados, así los que hubieren figurado en el gobierno emanado de la rebelión, como los que hubieren cooperado a ésta."

Trastorno público documentado

Las elecciones de 2024 fueron decididamente influenciadas por grupos del crimen organizado, designados Organizaciones Terroristas Extranjeras (FTOs) por Estados Unidos. Manejo territorial mediante violencia, amenazas, extorsión y cooptación del voto.

Régimen golpista

El Congreso emanado de esa elección reformó la Carta Magna, incluida la Reforma Judicial, en clara contradicción con los principios constitucionales originales. Normativa, políticas públicas y agenda contrarias a la Constitución.

Toda autoridad electa en 2024 y todas las leyes y reformas emanadas son espurias. El Art. 136 ordena el retorno al orden constitucional previo. La restauración no es una opción política. Es un mandato del propio texto constitucional.
Tribunal Especial

Una vez restaurado el orden constitucional, el propio Art. 136 mandata juzgar a quienes figuraron en el gobierno espurio y a quienes cooperaron con él.

Las sanciones contempladas incluyen: penas carcelarias, incautación de activos, restricción permanente del acceso al servicio público y a cargos de elección popular. La cooperación con un gobierno espurio se considera trastorno del orden constitucional.

Documento completo
Plan Restauración México descargable.
10 capítulos. Base legal completa del Art. 136. Cita textual de los artículos constitucionales reformados. Tribunal Especial. Mecanismo ciudadano. Aviso de privacidad. Word editable, distribución libre.
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Estrategia

Modelo híbrido.

Dos planos legalmente independientes. Una sola convergencia política. La revocación formal acumula expediente. El Consejo Ciudadano de Transición prepara el programa.

Plano formal

Revocación de Mandato

Recolección masiva de firmas con datos INE encriptados AES-256-GCM. Activación del procedimiento del Art. 35 IX cuando se abra la ventana constitucional. Cada firma alimenta el expediente jurídico.

Plano paralelo

Consejo Ciudadano de Transición

Cinco carteras técnicas independientes. Programa de gobierno alternativo. Continuidad técnica para una transición ordenada. Fundamento: derecho de asociación política del Art. 9.

Cronología

Cinco fases. Seis meses.

D0
Hoy
Lanzamiento de plataforma y manifiesto
D7
Semana 1
Presentación pública del Consejo
D30
Mes 1
100 mil firmas
D90
Mes 3
1 millón de firmas en 17 entidades
D180
Mes 6
3 millones · umbral constitucional
Mapa nacional

32 entidades. 17 mínimas.

El Art. 35 IX exige firmas distribuidas en al menos 17 estados. Cada entidad pintada en este mapa suma. Pase el cursor para ver el conteo en vivo.

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Sin firmas 1–99 100–999 1K–9.9K 10K+
0
Entidades activas
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hacia las 17 mínimas
Entidad líder
Consejo Ciudadano de Transición

Cinco carteras.

Un gabinete sombra técnico. Programa de gobierno alternativo. Continuidad para la transición ordenada.

S
Salud
Perfil próximo
E
Economía
Perfil próximo
H
Hacienda
Perfil próximo
G
Seguridad
Perfil próximo
R
Relaciones Exteriores
Perfil próximo
Blindaje jurídico

Es legal. Punto.

¿No es rebelión bajo el Art. 132 CPF?
No. El Art. 132 requiere alzamiento armado contra el gobierno. El Plan no contempla violencia ni coerción material. Opera por vías democráticas y digitales.
¿No es sedición bajo el Art. 130 CPF?
No. El Art. 130 requiere reunión tumultuaria con resistencia armada. El Plan se articula online, con votación binaria y firmas individuales encriptadas.
¿El Consejo Ciudadano de Transición no usurpa funciones?
No. El Art. 287 CPF tipifica pretender ejercer funciones públicas. Un gabinete sombra no firma actos de autoridad ni emite resoluciones vinculantes. Su sustento es el Art. 9 constitucional.
¿Mis datos del INE están seguros?
Sí. Encriptación AES-256-GCM con clave en bóveda. Deduplicación SHA-256. No compartimos datos con terceros excepto presentación formal a la autoridad electoral cuando se active el procedimiento del Art. 35 IX.
¿La firma es válida automáticamente para el INE?
No. Es expediente preparatorio. Las firmas con clave de elector se consolidan como base documental para activación formal cuando se abra la ventana constitucional del proceso revocatorio.